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GRACIAS, GRACIAS, GRACIAS y mil veces gracias

Hace trece años por estas fechas estábamos sumergidos en un proyecto con fecha de caducidad “MOTOS BARCELONA”.

No era el primer proyecto laboral en el que nos veíamos inmersos ninguno de los dos, pero si el único que desarrollábamos conjuntamente, y si salía bien el que estaba llamado a ser el último. Hoy este proyecto está llegando a su final, ya que cuando termine el año nos jubilaremos por lo que cuando cerremos esta navidad el día 24, será el cierre definitivo del taller.

Para nosotros no solo ha sido unos años de reconocimiento laboral, pues la respuesta de todos vosotros fue espectacular desde el minuto uno, también y mucho más importante ha sido el sentirnos apreciados a nivel personal, eso es con diferencia lo que nos produce más satisfacción y nos deja un sentimiento agridulce, pues frente la satisfacción del trabajo bien realizado, nos queda un cierto sentimiento de pérdida.

Durante estos pocos años, no hemos creado una cartera de clientes, hemos creado una red de conocidos y amigos increíble, ha sido un placer poder atender a vuestras máquinas, también y sobre todo el compartir rutas y tiempo con vosotros, el conoceros y sentir el calor de vuestro afecto y amistad.

Por eso esto no es un adiós, ya que me resisto a cerrar esta vía de comunicación y apagar el móvil del taller, ya que no puedo facilitar el móvil a más de mil personas. Evidentemente ya no podré reparar vuestras motos, pero no dudéis en consultar vuestros problemas técnicos, pedir un consejo, comunicar una ruta o simplemente hacernos saber de vosotros y tener por descontado que nos veremos en la carretera con seguridad.

Abrazos y ráfagas

Andrés y Neus

Porque NO PUEDES, ni debes, sustituir tu lampara por una LED

Ante la entrada en vigor el 1/11/2022 de la nueva revisión del Reglamento de Reformas de Vehículos (revisión 7ª) muchas revista de internet han publicado artículos en los que afirman que deja de ser reforma de importancia la sustitución de las lamparas de los faros por otras tipo LED.
No es cierto, y voy a tratar de explicar porque no es legal, pero también porque no debes hacerlo.

No es legal

La afirmación de que pasa a ser legal, se basa en la modificación del punto 9.2 que versa sobre el alumbrado. Su texto principal no ha sufrido variantes y sigue considerando reforma la:

«9.2.- Modificación o sustitución de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad técnica independiente de
alumbrado y señalización, en cuanto a ubicación o características»

¿Si el texto no ha cambiado que ha cambiado? Pues ha cambiado el texto de la «información adicional» que queda de la siguiente forma:

«No se considerará reforma la instalación de repuestos o recambios ni la sustitución de grupos ópticos de incandescencia por otros de sistema LED debidamente homologados y situados en el emplazamiento original a excepción de los dispositivos de alumbrado de cruce y carretera.
La modificación o instalación de elementos de alumbrado y señalización no se tramitará por este CR si los AR correspondientes ya han sido analizados en otro CR
«

Aquí se establece una excepción dentro de la norma que es la que da lugar a todo el mal entendido, por ejemplo Alvaro Ruiz en su articulo en Motorpasión del 4 de noviembre. En el de forma muy convincente y bien documentado explica porque el reglamento si permite el cambio de lamparas siempre que sean homologadas y se mantengan en el emplazamiento original, condiciones expuestas en la excepción. El razonamiento es bueno y perfectamente explicado, pero adolece de dos fallos. el primero es que copia el texto referente a vehículos de categoría M.N y O es decir automóviles de cuatro ruedas de diferentes masas, no el que corresponde a a los vehículos de categoría L y sus subcategorías que son las motos, y el segundo y mas relevante, no contempla las ultimas palabras del primer párrafo «… a excepción de los dispositivos de alumbrado de cruce y carretera»

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Motos eléctricas, principio y fin

El pasado 14 de julio la Comisión Europea anunció su intención de prohibir la matriculación de vehículos dotados de motor de combustión a partir del 2035 y la prohibición total a la circulación en 2050. Dejando de lado el debate puramente ecológico y de necesidad, pienso en el escenario que supone eso para los aficionados al motociclismo.

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HABLEMOS DE SUSPENSIONES

Las motos disponen de tres elementos de seguridad básicos; frenos, neumáticos y suspensiones. Los frenos son los encargados de detener el vehiculo cuando hace falta, los neumáticos los encargados de transmitir la potencia de empuje y/o frenado y unir la moto al asfalto. Las suspensiones son el elemento que hacen posible el trabajo de los otros dos.

Si la moto no tuviese suspensión, al llegar a un bache la rueda caería en el, como ocurre en las bicicletas, esto ademas de ser incomodo representa que a alta velocidad la rueda literalmente salta los baches y/o impacta contra ellos, provocando perdidas de adherencia (momentos en los que las ruedas pierden el contacto con el asfalto) con el consiguiente riesgo. También existe una función secundaria, pero no menos importante, como es el control de las masas del vehículo, tema que dejamos para mas adelante

Principios básicos

El primer paso es entender como funciona un amortiguador y/o horquilla hidráulica y pensando cómo explicar su funcionamiento se me ocurrió que con un sencillo experimento podíamos visualizarlo muy bien y ademas lo podéis hacer vosotros mismos. Para ello necesitaremos una jeringuilla y el muelle de un bolígrafo, con ellos podremos ver los principios básicos de un amortiguador y entender las diferentes partes y sus funciones, así que vamos a ello

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Estado de Alarma

Ante la declaración del  estado de alarma por el gobierno que impone el cierre de la mayoría del comercio al público queremos informaros.

Los talleres de reparación no pertenecemos al sector comercial sino al industrial, por ello de momento no estamos sometidos a dichas limitaciones. Pese a ello entendemos que debido a las limitaciones de movilidad que se imponen y el buen criterio impiden que nuestros clientes puedan acceder al mismo, ya que el acudir al taller no se encuentra dentro de las actividades permitidas, por lo que las operaciones de mantenimiento que teníamos programadas deberán esperar a que finalice la situación de alarma.

Pero entendemos que los que os tengáis que desplazar al trabajo y uséis para ello la moto no dejáis de estar sometidos a los posibles percances (averías o daños de otro tipo) que se puedan producir durante vuestros desplazamientos, por ello os informamos que mantendremos operativo el teléfono móvil ( 687 178 349 ) para cualquier consulta, emergencia o por si fuese necesario el traslado de vuestra moto al taller, también podéis usar la mensajería de Facebook como vía de contacto.

Deseamos que la situación se normalice lo antes posible, pues significaría que el brote estará controlado, cuidaros

Catalana Occidente y/o el timo de los convenios

Puede sonar un poco fuerte pero es la realidad de como funciona las aseguradoras hoy en día, pongo el ejemplo de Catalana Occidente pero perfectamente es aplicable cualquier otra.

Antecedentes

Una Ducati Monster 796 ABS 2012 sufre un accidente causado por otro vehículo, el cual reconoce la culpa, interviene la policía la cual también da como culpable del accidente al vehículo contrario. La moto es trasladada a nuestras instalaciones donde una vez visto por el perito de Catalana Occidente (compañía aseguradora de la moto) se desmonta para realizar la valoración de los daños, presupuesto que ronda los 3.800€. El cliente se pone en contacto con la aseguradora y le dicen que la reparación no es viable ya que supera el valor venal del vehículo según las tablas de hacienda ante lo cual propone una indemnización de 1.400€ por parte de la compañía a sumar a los 1.600€ de la compra de los restos por parte de un desguace.

¿Cual es el valor real del vehículo? Basta con entrar en cualquier pagina de compra-venta para ver que por estas motos se están pidiendo unos 7.500€, lo que una vez aplicados los regateos correspondientes supone unos valores de venta del orden de los 7.000€

No hace falta ser un lince para darse cuenta de que algo no cuadra

Explicación

¿Que esta fallando cuando a quien le pagamos para que defienda nuestros interese actua de una forma tan descara en contra de ellos?

Cuando contratamos el típico seguro «a terceros» realmente estamos contratando tres seguros diferentes, el Seguro Obligatorio de Vehículos a Motor (SOVM), la ampliación de responsabilidad civil y la defensa y reclamación de daños. En el caso de sufrir un accidente y ser culpables hacemos uso de las coberturas de responsabilidad civil, si hay que ira a juicios la defensa y en caso de ser los perjudicados usamos la reclamación de daños, esta ultima es la que nos ocupa y donde esta el timo*, pues tal como esta funcionando hoy en día es lo que hay.

La reclamación es solicitar al causante de los daños que nos resarza de ellos, pero las aseguradoras se escudan en un sistema diseñado por y para ellas para no ejercitar esa acción, los «convenios».

Los convenios CIDE, ASCIDE, CICOS son unos acuerdos de UNESPA (asociación empresarial del seguro) que según ellos busca entre otras cosas:

«…la elaboración de un acuerdo que proteja principalmente los intereses de sus clientes en aras a poder ofrecerles un servicio ágil en la solución de los siniestros, en los que la responsabilidad del accidente pueda ser atribuida a otro conductor.»

El funcionamiento es simple y bien aplicado beneficioso para el asegurado pues se trata de que sea tu propia compañía la que valore los daños e indemnice directamente al taller, de forma que no tengas que hacer tu frente a los gastos de reparación. Pero, en esta vida siempre hay un pero, genera un pequeño vicio, por arte de magia tu aseguradora ya no se encarga de reclamar los daños a la compañía contraria, ahora se ha convertido en juez y parte, pues es ella la que decide la indemnización y la que la paga, tachaaan ya salio el conejo de la chistera.

En el caso que nos ocupa, resulta que si decimos que el valor del vehículo es muy bajo, por arte de birlibirloque, en lugar de pagar 3.800€ pagamos solo 1.400€, vamos que nos ahorramos 2.400€ para repartir en dividendos, eso si por el camino dejamos de cumplir con nuestras obligaciones contractuales con el asegurado, que en la mayoría de los casos no sabe como defenderse de este abuso.

Solución

En estos casos las aseguradoras siempre juegan con la baza del desconocimiento del asegurado, por eso es muy importante el buscar un buen asesoramiento por parte del taller, el Gremi de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona o un abogado.

Lo primero es conocer bien nuestros derechos:

  • Quien causa un daño tiene la obligación legal de resarcir, es decir de pagar el daño causado.
  • La compañía realiza una oferta que aceptamos o no, en caso de no haber acuerdo sera un juez el que dictamine y los gastos de defensa van a cargo del seguro, es una cobertura que pagamos.
  • El concepto de perdida total no es valido en seguros a terceros solo en los seguros «Todo Riesgo» en los que esta estipulado y definido como se aplica y se liquida.
  • En caso de no disponer del dinero para la reparación, podemos solicitar un crédito e incluir los gastos e intereses en la reclamación.
  • El valor venal no es diferente del valor de mercado, pues el valor de un bien de segunda mano lo determina unicamente el mercado, las tablas de hacienda son solo para el pago de impuestos.
  • Solo en caso de que la reparación supere de forma significativa el valor del vehículo se considera que la reparación no es viable.
  • La aseguradora no puede imponer un abogado determinado, la ley nos reconoce la libre elección de letrado.
  • Existe mucha jurisprudencia que avala todos estos puntos.

A partir de ahí y sabiendo que tenemos la ley y la razón de nuestra parte exigir a la aseguradora que cumpla sus obligaciones, no aceptar la indemnización propuesta por no estar suficientemente justificada, demostrar que no hay una buena tasación y si aun así no ceden exigirles una reclamación judicial y/o el pago de un abogado (normalmente esta estipulada la cantidad maxima de honorarios en la póliza).

*RAE en su segunda acepción. Timar; 2. Engañar a alguien con promesas o esperanzas.

Vuelta al cole

Septiembre es el mes de vuelta a las clases y nosotros no vamos a ser menos.

De vuelta de vacaciones y ya con el taller operativo al 100% os recordamos que el próximo día 11/09 volvemos con los cursos de conducción segura en carretera en colaboración con MotoFormació. Si bien inicialmente el curso estaba previsto para el sábado día 10, la celebración del curso de conducción deportiva 4GMoto en Motorland los días 8 y 9 nos han hecho trasladar la fecha al domingo 11 para permitir que los monitores dispongan de un día de descanso y estén en optimas condiciones.

Como siempre las reservas hay que gestionarlas directamente con MotoFormació en el  teléfono 934.141.830 ó en el 629.335.467

Los siguientes cursos serán los días 2 de Octubre y 5 de Noviembre y con ellos daremos por cerrado el año.